Reglamento

Reglamento

El presente reglamento será de aplicación y observancia en todas las Bibliotecas de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, a fin de asegurar la funcionalidad de las mismas

Usuarios Internos

Integrante de la comunidad universitaria oficialmente reconocido a través de la matrícula y/o número de trabajador y credencial vigente expedida por la Institución, que es beneficiado con servicios y recursos del sistema bibliotecario

Usuarios Externos

Público en general que no tiene vinculación oficial con la Institución y solo puede beneficiarse con el servicio de consulta interna

Préstamo de material documental

El servicio de préstamo a domicilio se otorga a los usuarios internos registrados en el Sistema Administrador de Bibliotecas, cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Contar con la credencial de la BUAP vigente (ésta es intransferible)
  • Actualizar el registro en cada periodo escolar establecido, presentando el documento correspondiente según el tipo de usuario
Reglas de Préstamo

Se pueden solicitar un total de 15 libros (aplica a CD'S, DVD, Ipads, Equípo de cómputo) considerando:

  • Usuarios  de: Preparatoria, licenciatura, carrera técnica, egresados, intercambio, trabajadores y jubilados : Préstamo por un periodo de 15 días naturales (dos renovaciones)
  • Académicos, estudiantes de maestría y doctorado en unidad académica: Préstamo por un periodo de 20 días naturales (dos renovaciones)
  • Investigadores y estudiandes de Instituto: Préstamo por un periodo de 28 días naturales (dos renovaciones)

La renovación es de 5 días naturales cada una y procede cuando no exista apartado en sistema por otro usuario
El material que no se presta a domicilio es: Libros de consulta, reserva, tesis, revistas, materiales especiales (cartografía, INEGI, planos)
El periodo de préstamo de otros materiales o servicios como equipos electrónicos, salas, es determinado en cada biblioteca

Derechos
  • Acceder y usar los recursos y servicios bibliotecarios de manera gratuita
  • Recibir servicios bibliotecarios y trato respetuoso por parte del personal de las diferentes bibliotecas
  • Prestar a domicilio el material documental del acervo general

Los usuarios externos tendrán derecho únicamente a consulta interna del material y de aquellos servicios que así lo determine cada biblioteca

Responsabilidades
  • Devolver los materiales, que solicito en préstamo, en buenas condiciones y en la biblioteca donde se le proporcionaron, en la fecha y hora señaladas
  • En caso de devolución tardía, pagar la cuota de recuperación de $1.30 (Un peso 30/100 M.N.) por cada día de retraso en la entrega de los materiales y/o equipos
  • En caso de daño y/o extravió de material documental, mobiliario y equipo, el usuario deberá reponerlo íntegramente
  • En caso de robo o extravío de la credencial deberá dar aviso inmediato a la biblioteca que pertenece y así poder garantizar el buen uso de su registro
  • No sustraer de la biblioteca el material documental que no haya sido solicitado para préstamo
Responsabilidades usuarios externos
  • identificación oficial vigente con fotografía en caso de ser requerida por el responsable de la biblioteca
  • Cumplir las disposiciones para los usuarios internos en los rubros aplicables
Del Comportamiento Dentro de la Biblioteca
  • Abstenerse de fumar e introducir alimentos y/o bebidas
  • No ingresar con mascotas, excepto los perros guía
  • Guardar orden y silencio dentro de la biblioteca, en un ambiente de respeto para el personal y el resto de los usuarios
  • Conservar el material documental, el mobiliario y equipo, respetando los sistemas de seguridad y los controles establecidos
  • Abstenerse de utilizar cualquier dispositivo electrónico que perturbe las actividades de la biblioteca
  • Respetar y contribuir al orden físico de los materiales
  • Acatar las instrucciones, avisos y llamados que emitan las diferentes bibliotecas
  • Verificar las condiciones de los materiales que recibe y reportar oportunamente
  • El usuario es responsable de sus pertenencias al ingresar a las bibliotecas y durante su estancia

Cualquier punto no previsto en el presente reglamento pasará a consideración de la Dirección General de Bibliotecas

QUEDAN ESTRICTAMENTE PROHIBIDAS LAS ACTIVIDADES CON FINES DE LUCRO ENTRE PARTICULARES EN LAS INSTALACIONES DE LAS BIBLIOTECAS BUAP